Se ha entendido necesario analizar la estructura de programación de la Unión Europea, pues permitirá una mayor comprensión de los siguientes apartados.
Estrategia Europea 2020
- Elaborada en el marco de la Comisión Europea (3/03/2010)
- La Estrategia Europa 2020 es la agenda de crecimiento y empleo de la UE en esta década.
Marco Estratégico Común (MEC):
- Elaborado por la Comisión Europea (20/12/2013)
- Establece las prioridades estratégicas y los retos territoriales, en Línea con la Estrategia Europea de Crecimiento 2020, con el objetivo de aprovechar al máximo los Recursos Económicos de la Unión Europea y establecer principios que faciliten el proceso de programación a nivel de los Estados miembros y regiones.
- Se encuentra en el anexo I del Reglamento Común de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
Acuerdo de Asociación (AA)
- Elaborado por los Estados Miembros.
- Traduce los elementos del Marco Estratégico Común al contexto Nacional.
- Incluye compromisos para conseguir los objetivos de la Unión Europea a través de la programación de los Fondos europeos.
- El Acuerdo de Asociación de España 2014-2020: recoge la estrategia de inversión de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para España. Aprobado el 30 de octubre de 2014.
Programas Operativos (PO)
- Elaborado por los Estados Miembros en colaboración con distintos agentes (partenariados)
- Objetivo: Implementar el Marco Estratégico Común y el Acuerdo de Asociación
- España cuenta, entre otros, con los siguientes P.O:
- FEDER. Ministerio de Hacienda
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- Programa Operativo Iniciativa PYMES
- Programas Operativos Regionales (19 PO Regionales 17 CCAA más las 2 ciudades autónomas)
- Programas Operativos de Cooperación Territorial
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- FSE. Ministerio de empleo y Seguridad Social
- Programa Operativo de Inclusión social y de la Economía Social
- Programa Operativo de Empleo Juvenil
- Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación
- Programa Operativo de Asistencia Técnica
- Programas Operativos Regionales (19 PO Regionales correspondiente a 17 CCAA más las 2 ciudades autónomas)
- FEADER. Ministerio Agricultura Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Programa Nacional de Desarrollo Rural
- Programas de Desarrollo Rural Autonómicos (17 CCAA)
- FEMP. Ministerio Agricultura Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Programa Operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca
- FEAGA. Ministerio Agricultura Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Programas Operativos Sectoriales
- FSE. Ministerio de empleo y Seguridad Social
Objetivos Estrategia Europea de Crecimiento 2020
Europa se ha marcado para este periodo cinco ambiciosos objetivos en materia de empleo, de innovación, educación, integración social, cambio climático y sostenibilidad energética, para ello dispone de una importante financiación, los Fondos Europeos, que a través del diseño de distintas Políticas y redacción de Reglamentos Comunitarios permitirán que estos Fondos se apliquen de forma eficaz y eficiente.
Los cinco objetivos fijados son los siguientes:
- Garantizar el empleo al 75 % de las personas de 20 a 64 años.
- Invertir el 3 % del PIB de la UE en investigación y desarrollo.
- Situar las emisiones de gases de efecto invernadero un 20 % (o incluso un 30%) por debajo de los niveles de 1990, generar el 20 % de nuestras necesidades de energía a partir de fuentes renovables y aumentar la eficacia energética un 20 %.
- Reducir las tasas de abandono escolar por debajo del 10 % y lograr que al menos un 40 % de las personas de 30 a 34 años hayan terminado estudios superiores.
- Reducir al menos en 20 millones el número de personas en riesgo de pobreza o exclusión social.
El Reglamento Común de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (FEIE) que incluyen FEDER, FSE, Fondo de Cohesión, FEMP y FEADER(no incluye el FEAGA) traduce los 5 objetivos de la Estrategia Europea de Crecimiento 2020 en un conjunto de 11 objetivos temáticos:
Crecimiento Inteligente:
- OT1. Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación;
- OT2. Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de la comunicación y el acceso a las mismas
- OT3. Mejorar la competitividad de las pymes, del sector agrícola (en el caso del Feader) y del sector de la pesca y la acuicultura (en el caso del FEMP)
Crecimiento Sostenible:
- OT4. Favorecer la transición a una economía baja en carbono en todos los sectores
- OT5. Promover la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos
- OT6. Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos
- OT7. Promover el transporte sostenible y eliminar los estrangulamientos en las infraestructuras de red fundamentales
Crecimiento Integrador:
- OT8. Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral
- OT9. Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación;
- OT10. Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente;
- OT11. Mejorar la capacidad institucional de las autoridades públicas y las partes interesadas y la eficiencia de la administración pública.
Sus principales políticas y financiación:
Los Fondos Europeos se destinan a invertir en la creación de empleo y en una economía y un medio ambiente europeo sostenible y sano, todo ello en línea a la Estrategia Europea de Crecimiento 2020.
Las principales políticas de la Unión Europea y los Fondos Europeos que se aplican a cada una de ellas son:
Documentos de interés:
201003EU_Estrategia Europea 2020
201312EU_Reglamento Común. Marco Estratégico Común
201807EU_ Normas financieras presupuesto Unión “ómnibus”
- Deroga el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
- Entre otros aspectos modifica los Reglamento (UE):
- 1301/2013: Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo. Artículo 271, página 157.
- 1303/2013: Disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca. Artículo 272, página 158.
- 1304/2013: Fondo Social Europeo Artículo 273, página 179.